Todo lo Que Tenés Que Saber Acerca de los Seguros ART
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¿Qué es una ART?
Entró en escena en 1995, con la promulgación de la Ley 24.557.
ART significa Aseguradora de Riesgos de Trabajo. Se trata de empresas privadas con ánimo de lucro contratadas por los empresarios para asesorarles sobre las medidas de prevención de riesgos laborales y reparación de daños en caso de accidentes o enfermedades profesionales. Están controladas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y por la Superintendencia de Seguros de La Nación.
Actualmente, se encuentra vigente el Seguro de Riesgos del Trabajo, sancionado por la Ley 24557, que obliga a todos los empleadores a afiliarse a una ART o garantizar la protección de sus trabajadores.
Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales son un problema frecuente, y no se trata de esperar a que se produzcan para comprender cuáles son los derechos de los empleados ante un incidente de estas características.
Se ha buscado un mecanismo que permita hacer frente a los peligros que generan accidentes y enfermedades profesionales, y se ha hecho énfasis en la prevención de riesgos. En los casos en que se genere el daño, el trabajador está protegido en los aspectos económicos, y en lo que respecta a la rehabilitación y su reinserción profesional si persiste la minusvalía.
La ART tiene la obligación de recibir cualquier notificación de accidente o enfermedad ocupacional. Si se niegan a atenderlo, comuníquese con el número gratuito de la Superintendencia, 0800-666-6778, de lunes a viernes, de 9 a.m. a 6 p.m. para presentar una queja.
La norma considera accidente de trabajo a «todo suceso repentino y violento, ocurrido como consecuencia del trabajo o en el lugar donde se realiza, que produzca un daño psicológico y / o físico comprobable y que impida al trabajador cumplir con sus tareas habituales». ART también cubre los accidentes que se produzcan en la carretera, es decir, en el trayecto directo y habitual entre el domicilio del empleado y el lugar de trabajo.
¿Qué debería cubrir la ART?
Los seguros ART debe cubrir todas las enfermedades que enumere la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, aunque los jueces se han extendido a otras condiciones si se puede demostrar que tienen su origen en el trabajo. También deben cubrir los accidentes en el trabajo o en el camino hacia y desde el trabajo (accidentes de desplazamiento). Y hechos de inseguridad, por ejemplo un robo, si causó daños.
Si es un trabajador en negro, también debe estar cubierto, aunque esto se resuelve en un procedimiento especial. Recientemente, se han incorporado las hernias (dolor lumbar) y ahora serán cubiertas por seguros ART.
Por ley, la empresa debe encomendar a los trabajadores afectados por un accidente o enfermedad profesional tareas acordes a sus capacidades y salud. Finalmente y sobre todo, los seguros ART deben indemnizar al trabajador si, como consecuencia del accidente o enfermedad profesional, presenta algún daño o minusvalía, ésta también puede ser reclamada.
Es importante que el trabajador informe a la empresa cuando cambie de ruta o realice una nueva ruta según su puesto de trabajo. Y dejar un registro al menos en un correo electrónico o prueba electrónica. Esto se debe a que la ART debe cubrir cualquier eventualidad de ir o regresar del trabajo, lo que no ocurre cuando el trabajador se desvía del camino habitual. De ahí la importancia de la notificación.
¿Cómo debo informarlo y cuándo debe cubrirse?
En caso de enfermedad o accidente laboral, estos deben ser notificados lo antes posible, dentro de las 48 horas, de lo contrario se puede perder el derecho. La denuncia se puede realizar llamando al 0800 666 6778 de ART, mediante nota a su sede o por telegrama (recomendado). En caso de duda, se sugiere denunciar.
ART tiene 10 días para considerar la denuncia y mientras tanto debe proporcionar un seguro médico al trabajador. La ART podrá extender el plazo para rechazar o no por otros 10 días hábiles, siempre que notifique al trabajador y al empleador de forma prerrogativa antes de los 10 días de recibida la denuncia.
ART puede rechazar la denuncia por tratarse de una enfermedad preexistente acreditada en una investigación preprofesional, por fraude de empleados (autolesiones), o por ser una causa ajena al trabajo. El asegurador no puede rechazar el reclamo debido a la inexistencia de la relación laboral reconocida por el empleador.
En el caso de que ART rechace el accidente o la enfermedad, el empleado tendrá que apelar, para lo cual a partir de ahora necesitará un abogado. Existe un procedimiento ante las comisiones médicas y también ante el tribunal. Siempre es importante consultar.
También debe informar a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo y ART si la empresa no cumple con la normativa sobre higiene y seguridad en el trabajo, por ejemplo, si no proporciona cascos, funciona sin ventilación adecuada o poca iluminación, etc. Existen muchas normas técnicas sobre este tema (ruido, partículas en el aire, cargas máximas que puede levantar un trabajador), cada una de las cuales debe analizarse.
¿Cómo procedo?
¿Qué debo hacer en caso de accidente o enfermedad profesional?
Debe informar esto a su empleador, quien está obligado a informar del accidente o enfermedad a ART si los tiene, o proporcionar servicios médicos y asistencia de inmediato si es un Empleador Autoasegurado.
¿Qué debe hacer ART después de recibir la denuncia?
ART o el Empleador Autoasegurado deben tomar los recaudos necesarios para brindar inmediatamente beneficios médicos y sociales.
Puede encontrar las respuestas a las preguntas más frecuentes en el portal de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.